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Santo Domingo.-El sistema de pensiones dominicano en general y el de cuentas individuales en particular “adolecen de severos problemas”, se afirma en un crítico informe publicado en este julio por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).
En el documento se señala también que la administración del sistema por administradoras de fondos de pensiones (AFP) “demuestra muy escasa competencia”.
Además, que la tasa de reemplazo, que es el porcentaje de ingresos en la jubilación respecto a los ingresos previos como trabajador activo, es la más baja en la región: 22.8 % estimada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en 2010 y 27 % por un estudio académico en 2020, alrededor de la mitad del mínimo de 45 % establecido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El sistema de pensiones dominicano en general y el de cuentas individuales en particular “adolecen de severos problemas”, se afirma en un crítico informe publicado en este julio por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).
En el documento se señala también que la administración del sistema por administradoras de fondos de pensiones (AFP) “demuestra muy escasa competencia”.
Además, que la tasa de reemplazo, que es el porcentaje de ingresos en la jubilación respecto a los ingresos previos como trabajador activo, es la más baja en la región: 22.8 % estimada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en 2010 y 27 % por un estudio académico en 2020, alrededor de la mitad del mínimo de 45 % establecido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Inversión del patrimonio
Para el tiempo en que se levantaron los datos del informe, el 78 % del fondo de pensiones estaba invertido en deuda gubernamental (el segundo porcentaje más alto) y 11 % en depósitos bancarios, resultando también en la segunda mayor concentración en dos instrumentos (89 %). “No había inversión en acciones nacionales ni en instrumentos extranjeros”, observa.
“Hay una deuda de 8,651 millones de dólares por impago de empleadores equivalente a 82 % del fondo de pensiones acumulado en las cuentas individuales, pero la ley de 2020 condonó los recargos por intereses a la deuda por retrasos a los empleadores morosos”.
Recuerda que una ley de febrero de 2020 estableció que, a partir de septiembre de ese año, se iniciaría el proceso de revisión y estudio para la modificación de la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, lo cual ha generado varios proyectos de reforma.
Menciona que uno de ellos, sometido en octubre por un grupo de diputados, constituía una re-reforma del sistema subsidiado actual, convirtiéndolo en mixto, con un pilar público obligatorio y un pilar voluntario de cuentas individuales administrado por entidades de naturaleza múltiple (privada, pública o mixta). Además, estipulaba mejoras en la mayoría de los principios de la seguridad social: los nuevos ingresantes en el mercado laboral tendrían que entrar en el sistema mixto, incluyendo a todos los funcionarios del Estado, las fuerzas armadas y la policía nacional.
En el informe se recomienda estipular en la ley la afiliación obligatoria de grupos informales, implantar el régimen subsidiado y reanudar la extensión de la pensión, algo que se podría evaluar su expansión vía impuestos especialmente sobre la renta.
También, hacer una reforma que integre y equipare las condiciones y prestaciones de los regímenes separados al sistema general y que sean totalmente financiados por los asegurados sin subsidios fiscales. “Si esto no es factible, al menos habría que suprimir los subsidios fiscales a los programas separados, lo que requeriría una dura reforma paramétrica”.
Sobre los años de aportes requeridos para jubilarse (junto con el arribo a la edad estatutaria), indica que pudieran aumentarse en algunos países en que el período es muy corto y, al contribuir más años, se aumentaría la tasa de reemplazo, pero en otros países el período es muy largo y reduce considerablemente la probabilidad de ganar una pensión.
«El período es demasiado corto en el Estado Plurinacional de Bolivia, pero adecuado en el Uruguay, mientras que es muy largo en la República Dominicana. Esta tiene un período igual al del Uruguay, que tiene una PEA formal muy superior que permite al asegurado formal aportar durante el período, mientras que en la República Dominicana la mayoría de la PEA es informal lo que limita la probabilidad de que se aporte por un período tan largo», dice.
Indica también que la República Dominicana debería emitir el llamado “bono de reconocimiento” y aumentar la contribución sobre el salario.
Los otros son el mixto, que mantuvo el sistema público como un pilar y agregó un segundo pilar privado (Argentina, 1994; Uruguay, 1996; Costa Rica, 2001 y Panamá, 2008); y paralelo, que mantuvo el sistema público y agregó el sistema privado, los dos compitiendo entre sí (Perú, 1993 y Colombia, 1994).