JCE redefine financiamiento y orden en boletas para elecciones 2028
La Resolución 16-2025 ejecuta sentencia del TSE y reestructura el mapa político

Santo Domingo. R.D.- La Junta Central Electoral (JCE) emitió la Resolución No. 16-2025 para acatar la Sentencia TSE/0010/2025 del Tribunal Superior Electoral. Con este documento, se redefine la categorización de los partidos políticos, se ajusta el reparto del financiamiento público y se establece el orden que tendrán estas organizaciones en las boletas para las elecciones generales ordinarias del 2028.
El cambio no es menor: afecta directamente cómo se distribuye el dinero del Estado a los partidos y cómo aparecerán frente a los votantes en las boletas. Y todo esto viene a raíz de una decisión judicial que obligó a la JCE a rectificar su postura anterior.
El fallo que obligó a mover las fichas
El detonante fue la sentencia del TSE, que resolvió un recurso interpuesto por el Partido Amplio de la Nueva Mayoría (PAMP). Este partido argumentó que la JCE le había negado injustamente su derecho al financiamiento público correspondiente a los partidos minoritarios, según los resultados de las elecciones de 2024.
El TSE le dio la razón. Dictaminó que el PAMP superó el umbral mínimo de votos requerido por la ley para acceder a ese financiamiento, y que debía ser reconocido como partido minoritario con derecho a fondos públicos y con lugar propio en las boletas.
Ante eso, la JCE no tuvo más remedio que emitir la Resolución 16-2025, ajustando el marco legal a la sentencia.
Nueva categorización de partidos
Con la resolución en vigor, la JCE actualizó la lista de organizaciones políticas válidas y sus respectivas categorías. Estas categorías son tres: mayoritarios, minoritarios y emergentes.
Los mayoritarios son los que alcanzaron más del 5% de los votos válidos emitidos a nivel presidencial, congresual o municipal. Son los que reciben la mayor tajada del presupuesto estatal destinado a los partidos.
Los minoritarios obtuvieron entre 1% y 5%. Aquí es donde entra el PAMP, tras la decisión judicial. Finalmente, los emergentes son los que no llegaron al 1%, pero mantuvieron su personería jurídica.
Fuente: diariodigital.com.do




