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Abogado de la familia de Johanna Rodríguez de Grullón califica de “hito” cambio de calificación contra los Espaillat

Juan Tomás Vargas Decamps considera que la decisión judicial sienta un precedente al aplicar la figura del dolo en el caso contra los propietarios de la discoteca Jet Set.

ENFRENTADOS NEWS .-   El abogado Juan Tomás Vargas Decamps, representante del padre de Johanna Rodríguez, fallecida junto a su esposo Eduardo Grullón en la tragedia de la discoteca Jet Set, calificó este viernes como un “hito” para la justicia dominicana el cambio de homicidio involuntario a voluntario de la calificación jurídica contra los hermanos Antonio y Maribel Espaillat.

Vargas Decamps, quien formó parte de los abogados que impulsaron una acusación particular para lograr la variación de la calificación jurídica, consideró que la decisión adquiere relevancia porque permite aplicar la figura del dolo eventual a los hechos atribuidos a los propietarios del establecimiento.

“Representa un hito en el mundo legal, jurídico y jurisprudencial dominicano porque hace que la justicia adopte el dolo eventual como una figura aplicable”, manifestó.

El jurista representa a Juan Carlos Rodríguez Martínez, padre de Jhoanna Rodríguez, quien perdió la vida junto a su esposo, Eduardo Grullón, presidente de AFP Popular, durante el colapso del techo de la discoteca.

Vargas Decamps sostuvo que desde el inicio varios acusadores particulares defendieron que lo ocurrido sobrepasaba los límites de una simple negligencia o imprudencia.

A su juicio, durante años se creó y mantuvo un riesgo sin adoptar las medidas necesarias para eliminarlo o reducirlo, pese a que los propietarios del establecimiento tenían, según afirmó, una posición de garantes frente a las personas que acudían al lugar.

 

“Se creó un riesgo por años, se alimentó ese riesgo por años, no se hizo nada que pudiese detener ese riesgo, aminorar, teniéndose la posibilidad”, expresó.

El abogado alegó, además, que antes de la tragedia existía conocimiento sobre problemas relacionados con el techo y afirmó que, pese a ello, se mantuvo la actividad prevista para la noche del 8 de abril de 2025.

“Se prefirió una actividad que tenía una consecuencia económica, productiva, sobre la vida de las personas. Y eso es a lo que este juez ha referido”, declaró Vargas Decamps.

Estimó que el juez Franny González Castillo, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, realizó un análisis de los testimonios y las pruebas presentadas durante el proceso para concluir que los hechos podían superar el ámbito de la imprudencia.

“Este juez ha hecho un análisis preciso de la figura de dolo eventual”, señaló el abogado, quien agregó que el magistrado fue encuadrando esa figura a partir de los testimonios y demás elementos probatorios conocidos en audiencia.

También cuestionó la calificación inicial de homicidio involuntario presentada por el Ministerio Público, aunque reconoció la calidad de la investigación y de los hechos contenidos en la acusación.

“La acusación del Ministerio Público fue hoy juzgada por el juez de manera perfecta; en cuanto a los hechos fue una acusación completísima”, manifestó.

Sin embargo, consideró que existía una contradicción entre los elementos probatorios recopilados y la calificación de homicidio involuntario originalmente sostenida por el órgano acusador.

“No se conjugaban todas esas pruebas levantadas, no se conjugaba el relato de los hechos acompañado de pruebas con una solicitud de una calificación apenas de homicidio involuntario”, afirmó.

La nueva calificación expone a los imputados a penas de entre tres y 20 años de prisión.

Jhoanna Rodríguez y Eduardo Grullón se encontraban entre las 236 personas que fallecieron tras el colapso del techo de la discoteca Jet Set, ocurrido el 8 de abril de 2025.

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